Foto:Teresa Gutierrez
copio:"En España se puede maltratar a un animal si está justificado"
La catedrática ha inaugurado el primer posgrado de Derecho Animal en España | Considera que la ley debería castigar con mayor dureza el abandono de perros y gatos | La profesora ve fecha de caducidad a los "correbous"
Vida | 07/02/2011 - 12:33h
Animales y esclavos tienen algo en común.
El derecho romano los incorporó a la vez dentro del sistema jurídico y recibían el mismo trato procesal. Eran considerados objetos en propiedad, por lo que el amo podía disponer, usar y abusar de ellos a su antojo.
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Al ser considerados “cosas”, cuando incurrían en un delito o perpetraban algún daño, el responsable último era siempre el amo. Este es el punto de origen de lo que hoy se denomina “responsabilidad por daños a terceros”.
¿Cuándo empezó a cambiar esta concepción?
Al ser considerados “cosas”, cuando incurrían en un delito o perpetraban algún daño, el responsable último era siempre el amo. Este es el punto de origen de lo que hoy se denomina “responsabilidad por daños a terceros”.
¿Cuándo empezó a cambiar esta concepción?
En 1789 se produce un punto de inflexión gracias a Jeremy Bentham. El filósofo británico escribió una obra jurídico-filosófica con mucha repercusión, en la que abogaba por permitir votar a las mujeres, despenalizar la homosexualidad, abolir la esclavitud y dar un trato igualitario a los animales.
Poco a poco han ido cumpliéndose sus reivindicaciones.
Menos la cuarta. En Occidente pensamos que los animales no tienen derechos debido a su incapacidad de hablar ni de razonar. Bentham critica este planteamiento argumentando que los animales también sufren. También hay humanos que ni razonan, ni hablan.
Pero, de momento, sigue sin cumplirse la cuarta premisa.
Sin embargo, de manera paulatina, los animales dejarán de ser considerados como objetos y pasarán a ser sujetos. Es un cambio que ha empezado ya en muchos países y que acabará generalizándose.
¿Qué sistemas jurídicos tienen más consideración por los animales?
El alemán, el suizo, el austriaco y el catalán, que en sus códigos civiles o constituciones declaran que los animales no son cosas. Este es el primer paso para que se cumpla lo que dice el tratado de Lisboa y ya recogió el de Ámsterdam: “El animal es un ser sensible y, en atención a esta sensibilidad, no se le puede tratar como mero objeto”.
¿Y esto qué consecuencias tiene?
¡Si te embargan la casa, ya no pueden llevarse a tu perro! Y otro ejemplo: Los animales domésticos deberían recibir una mayor protección cuando son adoptados.
¿Qué tipo de protección?
En Estados Unidos el adoptante está obligado a seguir unos parámetros de bienestar, es decir, la protectora se asegura, antes de cederle al animal, de que tiene el suficiente conocimiento para llevar a cabo una tenencia responsable. En cambio, en España los esfuerzos se centran en el seguimiento y control posteriores.
¿En qué se basa la tenencia responsable de animales?
En la obligación de alimentarlos, darles una vida digna, a no usarlos como objetos comerciales, dejarles libertad de movimientos y no permitir que padezcan innecesariamente dolores ni penurias. El ordenamiento jurídico británico lo incorporó en el siglo XIX y la UE también lo ha hecho.
Aunque no todos los países miembros lo cumplen.
No, pero hemos dado pasos de gigante en este sentido. En España, la ley 32/2007 regula y da capacidad de inspección al transporte, el sacrificio y la experimentación con animales. A partir del 2012 la cría de gallinas en batería ya no estará permitida.
¿Y qué pasa con los animales de compañía?
La UE incorporará directrices generales sobre el tratamiento y la prevención del abandono animal a partir del año que viene.
¿España tendrá que hacer los deberes en este sentido?
Sí, aunque no estamos tan lejos de los objetivos. Lo que pasa es que la incorporación del animal de compañía en la historia de la humanidad es muy reciente. La concepción imperante es que el animal tiene que servir para algo, por eso el abandono prolifera, entre otras cosas.
La población parece impermeable a las campañas de sensibilización sobre el abandono. ¿Qué otras alternativas quedan?
En primer lugar, la elaboración de estudios y estrategias de prevención; en segundo lugar, el animal de compañía debería de incorporarse con más normalidad a la vida cotidiana.
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Debería poder viajar en transporte público, alojarse en los hoteles y entrar en los locales. Eso sí, sin molestar a los demás ciudadanos y cumpliendo unas normas mínimas de conducta. Hay países donde, a cambio de pagar un impuesto, la administración ofrece cursos de educación urbana para perros.
¿Considera que el abandono está suficientemente castigado?
Debería poder viajar en transporte público, alojarse en los hoteles y entrar en los locales. Eso sí, sin molestar a los demás ciudadanos y cumpliendo unas normas mínimas de conducta. Hay países donde, a cambio de pagar un impuesto, la administración ofrece cursos de educación urbana para perros.
¿Considera que el abandono está suficientemente castigado?
La multa no llega a 1.000 euros, además sólo es punible el abandono que ponga en peligro la vida o la integridad física del animal. La aplicación de una pena depende en gran medida de la formación, el sentimiento y la voluntad del juez.
Una definición muy relativa.
El pasado mes de diciembre se suprimió del Código Penal el agravante de ensañamiento para apreciar el delito de maltrato animal, lo que es cierto, y por lo que, sin duda cabe felicitarse. Pero también es cierto que ha permanecido la palabra “injustificadamente” como calificativo del maltrato animal.
Una paradoja.
En otras palabras: que cabe maltratar a un animal y no ser castigado por ello, si el castigo que se le aplica está “justificado”. El Código Penal dice: “Está penalizado el maltrato injustificado del animal”. La pregunta es: ¿Cuándo está justificado? Con una puñalada basta con matarte, pero sólo se penalizaría si te dieran unas cuantas.
¿Y qué pasa con el sacrificio de perros y gatos en las protectoras?
En este sentido en España existen grandes diferencias. Catalunya es la única comunidad autónoma auque ha decretado la prohibición de eutanasia en las perreras. Siendo una necesidad, no se está aplicando con todo el rigor ya que los medios son insuficientes. Por esta razón en otras comunidades lo que hacen directamente es sacrificarlos sin darles plazo para ser adoptados.
¿Y cómo compatibilizar el respeto a los derechos de los animales con el sacrificio de aquéllos que nos llevamos al plato?
La dieta occidental es muy dependiente de la proteína animal, y pese a que esto no equivale a comer saludable, ha influido en que haya proliferado la cría de animales de producción en cadena, que es absolutamente deshumanizada. Muchos de ellos viven en espacios donde no se pueden ni mover, se les atrofian las extremidades, viajan sin posibilidades casi de respirar, abusos que se deben de corregir mediante una legislación más restrictiva, un aumento de las inspecciones y una mayor profesionalización del sector.
El año pasado Catalunya prohibió las corridas de toros, pero no los ‘correbous’, ¿qué opina de esta excepción?
Los ‘correbous’ tienen fecha de caducidad. La razón es que la sensibilidad social va cambiando poco a poco. Hace unos años nadie cuestionaba que los circos utilizaran animales para sus espectáculos hasta que se interpuso un pleito contra Ringling Brothers Circus, uno de los circos más grandes del mundo.
¿Qué puso al descubierto?
Las malas condiciones de vida de los animales que exhibía en sus espectáculos, ya que tenían que soportar malos tratos y castigos muy severos. Ningún elefante se sube a un taburete por voluntad propia.
¿Qué cambió?
A partir de aquel pleito en muchas ciudades de Estados Unidos se negaron a recibir circos que utilizaran animales en sus espectáculos.
Y menos animales fueron explotados…
Y es que si los animales sueñan, su sueño es librarse de unas condiciones de vida que son pésimas en la mayoría de casos.
Fuente:
http://www.lavanguardia.es/vida/20110207/54109898810/en-espana-se-puede-maltratar-a-un-animal-si-esta-justificado.html
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